¿PUEDO HACER UN SEGUIMIENTO DEL DESARROLLO DE LA COMUNIDAD, CONOCIÉNDOLO DE FORMA PERIÓDICA O EN CASOS PUNTUALES SIN NECESIDAD DE ESPERAR A LA JUNTA ORDINARIA O DE CONVOCAR UNA EXTRAORDINARIA A TAL EFECTO?
Todo propietario tiene derecho a ser informado sobre el estado, desarrollo y evolución de la comunidad en la Junta ordinaria. No obstante, puede solicitar al Secretario y/o Administrador información periódica o sobre hechos puntuales en el momento que lo considere oportuno.
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