martes, 15 de septiembre de 2009

ÓRGANOS DE GOBIERNO: JUNTA DE PROPIETARIOS Y JUNTA DE GOBIERNO

Los órganos de gobierno de la comunidad son: la Junta de propietarios, el Presidente y, en su caso, los Vicepresidentes, el Secretario y el Administrador. Por acuerdo mayoritario de Junta, o según los Estatutos, pueden establecerse otros órganos de gobierno de la comunidad, sin que ello pueda suponer menoscabo alguno de las funciones y responsabilidades frente a terceros que la Ley de Propiedad Horizontal atribuye a los anteriores (artículo 13).

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Comienza aquí la andadura de nuestro blog.

Aquí las cosas son diferentes. Nada es tan complicado o tan costoso como nos quieren hacer ver

Hay otra forma de ver las cosas, hay otras visiones. No queremos conformarnos.

Entrad, ¡estáis en vuestra casa!

y no dejéis de visitar 'NFOQ?' nuestra visión empresarial de todo esto...