jueves, 4 de junio de 2009

¿PUEDO HACER OBRAS EN LOS ELEMENTOS COMUNES?

El propietario de cada piso o local no podrá realizar alteracion alguna en el inmueble, fuera de lo que es su propio piso o local, ni dentro del mismo cuando afecten a los elementos definidos en el apartado 1.1.1 (art. 7.1 de la L.P.H.).

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Comienza aquí la andadura de nuestro blog.

Aquí las cosas son diferentes. Nada es tan complicado o tan costoso como nos quieren hacer ver

Hay otra forma de ver las cosas, hay otras visiones. No queremos conformarnos.

Entrad, ¡estáis en vuestra casa!

y no dejéis de visitar 'NFOQ?' nuestra visión empresarial de todo esto...