domingo, 27 de diciembre de 2009

¿QUE ACUERDOS PRECISAN DEL VOTO UNÁNIME?

  • La aprobación o modificación del Título Constitutivo o de los estatutos.
  • La unión o división de pisos y locales. (art. 17 L.P.H.)
  • La alteración de los elementos comunes excepto cuando su modificación sea precisa para la instalación de un ascensor o de otro servicio común de interés general.

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Comienza aquí la andadura de nuestro blog.

Aquí las cosas son diferentes. Nada es tan complicado o tan costoso como nos quieren hacer ver

Hay otra forma de ver las cosas, hay otras visiones. No queremos conformarnos.

Entrad, ¡estáis en vuestra casa!

y no dejéis de visitar 'NFOQ?' nuestra visión empresarial de todo esto...