¿Qué pasará cuando en la citación no se reflejen las dos convocatorias y no se reúna el quórum necesario para celebrar en primera convocatoria?
Se tendrá que convocar nueva junta dentro de los ocho días naturales siguientes a la no celebrada. En este caso, las citaciones deberán cursarse con una antelación de tres días (art. 16.2 L.P.H.).
El blog ha aterrizado ......
Comienza aquí la andadura de nuestro blog.
Aquí las cosas son diferentes. Nada es tan complicado o tan costoso como nos quieren hacer ver
Hay otra forma de ver las cosas, hay otras visiones. No queremos conformarnos.
Entrad, ¡estáis en vuestra casa!
y no dejéis de visitar 'NFOQ?' nuestra visión empresarial de todo esto...
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