viernes, 12 de septiembre de 2008

¿ME TOCA PASAR EL I.T.E.?

Pues si su edificio ha cumplido 30 años deberá pasar una revisión certificado por un profesional, ya que todos los propietarios de inmuebles están obligados a pasar esta inspección con objeto de mantener los edificios en condiciones de seguridad constructiva. En caso de incumplir esta obligación y sus plazos, la administración podrá imponer hasta tres multas coercitivas.

En la I.T.E. se analiza, mediante inspección visual, los siguientes aspectos y/o apartados como:
  • Estado de la estructura y cimentación.
  • Estado de fachadas interiores, exteriores, medianeras y otros paramentos, en especial de los elementos que pudieran suponer un peligro para la vía pública, tales como petos de terrazas o placas, entre otros.
  • Estado de conservación de cubiertas y azoteas.
  • Estado de las redes generales de fontanería y saneamiento del edificio.

Dentro de este análisis se detectan posibles síntomas cuyas posibles patologías supongan el incumplimiento de cualquiera de las condiciones relativas a la seguridad constructiva:
  1. Seguridad, estabilidad y consolidación estructurales, de tal forma que no se produzcan en el edificio o partes del mismo daños que tengan su origen o afecten a la cimentación, los soportes, las vigas, los forjados, los muros de carga u otros elementos estructurales y que comprometan directamente la resistencia mecánica y la estabilidad del edificio.
  2. Seguridad y estabilidad de sus elementos constructivos cuyo deficiente estado suponga un riesgo para la seguridad de las personas, tales como chimeneas, barandillas, falsos techos, cornisas, aplacados y elementos ornamentales o de acabado, en particular si pueden caer a la vía pública.
  3. Estanqueidad frente al agua, evitando filtraciones a través de la fachada, cubierta o del terreno, en particular si éstas afectan a la habitabilidad o uso del edificio o puedan ser causa de falta de seguridad descrita en los dos primeros apartados.
  4. Estanqueidad y buen funcionamiento de las redes generales de fontanería y saneamiento, de forma que no se produzcan fugas que afecten a la habitabilidad o uso del edificio o puedan ser causa de falta de seguridad descrita en los dos primeros apartados anteriores.

Para conocer si su edificio debe pasar el I.T.E. puede consultar en la Web del Ayuntamiento de Madrid.

http://www-1.munimadrid.es/principal/ITE/consultanew.html

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